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Padres condenados por delitos sexuales no podrán recibir visitas
Pía Bersezio N. >
authenticated user CorresponsalMás doloroso que la condena en años de cárcel, el nuevo castigo que
La iniciativa, proveniente del proyecto de ley presentado por el diputado Enrique Estay, busca privar al progenitor que haya sido condenado por sentencia firme por los delitos de violación, estupro y otros delitos de connotación sexual, del derecho de mantener una relación directa y regular con sus hijos, salvo que exista una resolución fundada por parte del tribunal competente, que esté basada en informes sociales y psicológicos que recomienden lo contrario.
Además, el proyecto pretende que las madres o las personas que tienen a los niños a su cargo, y que comúnmente son quienes tienen que probar ante un tribunal que estas visitas le hacen daño al menor, puedan estar protegidas por ley.
Según la psicóloga infanto-juvenil, Macarena Norambuena, “el hecho de que ya no será obligatorio el derecho de visitas regulares a los condenados, genera en los menores una sensación de protección, ya que no estarán expuestas a sufrir nuevos abusos por el agresor”.
Con la aprobación del proyecto, los regímenes de visitas a los padres condenados por delitos sexuales en contra de sus hijos quedan suspendidos automáticamente. En el caso de que el inculpado desee revertir la situación, deberá demandar las visitas, las cuales se aceptarán, siempre y cuando el juez luego de revisar informes sicológicos y sociales que determinen que sí es beneficioso para el menor el mantener una relación con el progenitor, concuerde.