Vendedores ambulantes interpusieron demanda contra el Estado Chileno ante la CIDH

Vendedores ambulantes interpusieron demanda contra el Estado Chileno ante la CIDH

14 Enero 2012

El recurso fue presentado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos pidiendo la nulidad del decreto municipal que les impide trabajar en la calle. Responsabilizando también al alcalde Becker, Conadi, Corte de Apelaciones y Corte Suprema.

Leyla Noriega Z. >
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A la espera de la admisibilidad, se encuentran las y los comerciantes ambulantes mapuche y no mapuche de Temuco que presentaron una denuncia a la Corte Interamericana de  Derechos Humanos, CIDH, para solicitar la nulidad del decreto alcaldicio que les prohíbe trabajar en las calles del centro de la ciudad.

El recurso fue presentado por Tulio Raasch Rivera, presidente del sindicato de trabajadores independientes del Comercio y Actividades Conexas de la Provincia del Cautín y Yolanda Llanquitur Parra, presidenta del Sindicato de Trabajadores Independiente de Vendedores Mapuche Temuco Centro,  y es patrocinado por el abogado Jaime Madariaga.

Demanda internacional

Ambas sindicatos invocaron al Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo, OIT,  argumentando, en el caso del  que el comercio ambulante es una práctica histórica de mapuche y no mapuche consignado en el Parlamento de Tapihue de 1774, cuando se toma el acuerdo de hacer tres ferias anuales. Además  apelan al  Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En la demanda internacional enviada a la CIDH, las autoridades responsables de los hechos denunciados son: el Alcalde de Temuco, Miguel Becker; Corte de Apelaciones, Conadi, Corte Suprema y el Estado de Chile.

Según Raasch, tienen la esperanza que el tribunal internacional acoja el recurso y ellos puedan volver a trabajar tranquilamente. “Todos somos comerciantes ambulantes con más de 20 años de trabajo en la calle, y ahora estamos siendo perseguidos, multados y citados a los juzgados por  querer trabajar”.

Cabe destacar que este conflicto se arrastra desde febrero del 2011 cuando el Alcalde de Temuco publica el decreto 092 que restringe la venta ambulante en el perímetro centro de la capital regional, específicamente las 12 cuadras que rodean la Plaza Aníbal Pinto, entre las que se incluyen las calles Bello, Vicuña, Lautaro y General Mackenna.

Es importante mencionar que lLa Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible el recurso de protección interpuesto por más de medio centenar de vendedores ambulantes de origen mapuche, que  apelaron al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).