Subsidio clase media: Cuándo y dónde postular al segundo llamado 2019

Subsidio clase media: Cuándo y dónde postular al segundo llamado 2019

27 Septiembre 2019

Conoce los requisitos.

La oPiñón >
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El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) confirmó el segundo llamado del Subsidio de la Clase Media (D.S.1), el cual está destinado a familias de sectores medios que no son propietarias de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario.

Este apoyo del Estado permite comprar una vivienda nueva o usada, o construir una vivienda de hasta 140 mt2, en sitio propio o densificación predial (construcción de una vivienda donde ya existe una), en sectores urbanos o rurales.

Tipos de postulación

Este llamado permite adquirir una vivienda nueva o usada o construirla en sitio propio, mediante alguna de las siguientes tres alternativas:

Alternativa 1: Título I, tramo 1.

Alternativa 2: Título I, tramo 2.

Alternativa 3: Título II.

Disponible para todas las regiones del país.

Para la Alternativa 1 se considera sólo postulación para adquisición de vivienda en forma individual.

Para las Alternativas 2 y 3 se considera postulación individual y colectiva con proyecto habitacional.

Se puede postular en forma presencial previa reserva de hora, o bien, directamente a través de internet.

Fechas

En forma presencial: desde el martes 15 hasta el lunes 28 de octubre de 2019, ambas fechas inclusive. Las personas interesadas deben reservar una hora para postular.

A través de internet: desde el martes 15 hasta el viernes 25 de octubre de 2019 (18.00 horas máximo).

Importante:

Las personas interesadas en postular deben contar con el ahorro mínimo que exige la alternativa de subsidio a la que desean acceder, el cual debe estar depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda y reflejado como saldo disponible, a más tardar el lunes 30 de septiembre de 2019. Los ahorros depositados después de las 14:00 horas o con cheque el mismo día 30, serán considerados como disponibles al siguiente día hábil, en este caso, el 1° de octubre de 2019, por lo que dichos depósitos no se considerarán en el monto de ahorro acreditado para postular.

La cuenta de ahorro debe tener, al menos, doce meses de antigüedad. Esto quiere decir que la fecha de apertura de la cuenta de ahorro no debe ser posterior al 30 de septiembre de 2018.

Requisitos

1.- Tener mínimo 18 años de edad.

2.- Contar con Cédula de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar, además, el Certificado de Permanencia Definitiva. Este Certificado podrá corresponder al otorgado por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública o al de Vigencia de la Permanencia Definitiva emitido por la Policía de Investigaciones de Chile, con una antigüedad no mayor a 90 días corridos (es decir, debe ser emitido a partir del 17 de julio de 2019).

3.- Acreditar una cuenta de ahorro de, al menos, 12 meses de antigüedad. Para cumplir con esta antigüedad, la fecha de apertura de la cuenta de ahorro no debe ser posterior al 30 de septiembre de 2018.

4.- Contar con el ahorro mínimo según el valor de la vivienda que se busca comprar o construir, el cual debe estar depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día hábil del mes anterior al de la postulación, en este caso corresponden al lunes 30 de septiembre de 2019, 14:00 horas. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta, la cual debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.

5.- No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), correspondiente al Título y tramo del subsidio al que desea postular (*):

a) Título I tramo 1: dentro del 60% de vulnerabilidad socioeconómica.

b) Título I tramo 2: dentro del 80% de vulnerabilidad socioeconómica.

c) Título II: dentro del 90% de vulnerabilidad socioeconómica.

Para los casos b) y c), las personas deberán contar, además, con una preaprobación de crédito hipotecario, emitida por una entidad crediticia (bancos, cooperativas, etc.). Este requisito no es exigible para quienes postulen en la modalidad de construcción en sitio propio.

(*) Los Adultos Mayores que postulen al Título I, tramos 1 y 2, podrán pertenecer hasta el 90% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH).

6.- En caso de postular colectivamente el grupo debe:

Tener un mínimo de 10 integrantes para la modalidad de adquisición de vivienda construida y dos para la alternativa de construcción.

Postular a través de una Entidad Patrocinante.

Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu (solo para la modalidad de adquisición de vivienda construida).

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