Senador Tuma gana recurso contra isapre Banmédica por alza unilateral de plan de salud

Senador Tuma gana recurso contra isapre Banmédica por alza unilateral de plan de salud

03 Noviembre 2011

Corte de Apelaciones declaró inconstitucional modificación de contrato.

Daniel Sandoval >
authenticated user Corresponsal

El Senador Eugenio Tuma hizo un llamado a los usuarios de Isapres que se han visto abusados por alzas unilaterales y arbitrarias de sus planes de Salud en la Araucanía, a presentar sus reclamaciones en los tribunales de justicia, esto ante el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que dejó sin efecto el alza aplicada en un 5,5% al contrato que mantenía el parlamentario con Banmedica, ordenando a la institución mantener las mismas condiciones del plan contratado originalmente.

La sentencia coincide con la que han presentado muchos afiliados, como la señora María Valenzuela Béjares, quien presentó un recurso de protección en contra de la Isapre Banmedica ante "el acto ilegal que modificó injustificadamente su plan de salud alzando el precio de este" y que fue acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Tuma señaló que “en estos recursos se ha establecido con claridad que la Isapre vulneró derechos constitucionales y amparó el derecho que tienen todos los afiliados de las Isapres a defenderse frente a las modificaciones arbitrarias que estas hacen de los contratos, aduciendo incremento en las atenciones de salud u otros costos que no tienen ningún fundamento”.

Por ello, comentó el legislador, “esperamos que con la aplicación de este criterio jurídico los afiliados puedan recurrir a los tribunales de justicia, donde estamos dispuestos a respaldarles en la presentación, para defender sus derechos y no permitir que las ISAPRES aumenten los costos sin fundamento alguno, estrategia que utilizan especialmente en el caso de las mujeres, discapacitados y adultos mayores”.

Cabe precisar que la corte ha señalado que la modificación unilateral del contrato por parte de la Isapre “significa un ataque al derecho de propiedad que la Constitución asegura en el numeral 24º del artículo 19”.  El tribunal establece que al imponer un mayor precio, ofreciéndose planes  alternativos de menor precio y cobertura se causa un grave deterioro a al patrimonio por lo cual declara el alza como improcedente.

Por último, para el Senador Tuma “con estos abusos se reabre la necesidad de reformular el sistema de Isapres, el cual esta más orientado al lucro de las instituciones y no a velar por el acceso oportuno a las prestaciones medicas que requieren sus afiliados”.