Ministro de Corte de Apelaciones de Temuco Álvaro Mesa dicta procesamiento en caso de Derechos Humanos

Ministro de Corte de Apelaciones de Temuco Álvaro Mesa dicta procesamiento en caso de Derechos Humanos

24 Julio 2013

El ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco Álvaro Mesa Latorre sometió a proceso al Cabo 1° (r) de Carabineros Fidel Osvaldo Freire Obando, como autor del delito de homicidio calificado de de Nicanor Moyano Valdés, perpetrado en Gorbea, en noviembre de 1973.

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El ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco Álvaro Mesa Latorre sometió a proceso al Cabo 1° (r) de Carabineros Fidel Osvaldo Freire Obando, como autor del delito de homicidio calificado en la persona de Nicanor Moyano Valdés, perpetrado en la comuna de Gorbea, en noviembre de 1973.

De acuerdo a los antecedentes del proceso: “El día 10 de noviembre de 1973, Nicanor Moyano Valdés, concurrió a la Tenencia de Carabineros de Gorbea, a fin de cumplir con la obligación de firma semanal impuesta el 22 de octubre de ese mismo año, luego de permanecer, por varios días, recluido en el Regimiento Tucapel de Temuco.

Al llegar a ese lugar, quedó detenido por orden del Teniente de la unidad policial de la comuna, ya que se habría producido un intercambio de palabras entre ambos. Posteriormente, el Teniente, junto a dos carabineros de la Tenencia, se dirigió junto al detenido hasta el río Donguil, donde procedieron a ejecutarlo con sus armas de servicio, cayendo su cuerpo a las aguas de éste. Que al no contar con noticias de Nicanor Moyano Valdés, la familia acudió a la Tenencia de Carabineros de Gorbea, a objeto de solicitar información sobre éste.

Sin embargo, en dicha unidad, les indicaron que no se habría presentado a cumplir con su deber de firma semanal. Por lo anterior, la familia se abocó a la búsqueda de Moyano Valdés, encontrando su cuerpo, varios días después, en la ribera del Río Donguil, específicamente en el lugar denominado Puente Salinas. De lo anterior dieron cuenta al Teniente de la Tenencia de Carabineros de Gorbea, quien les sugirió regresar a su domicilio ya que él y su personal se encargarían de la situación. Que dicho Teniente, junto al personal que participó en la ejecución de Moyano Valdés, se trasladó en horas de la madrugada hasta el lugar indicado por los familiares y procedieron a sacar el cuerpo de la víctima de las aguas, subirlo al vehículo utilizado en sus labores, llevarlo hasta el río en el cual desembocaba el río Donguil y lanzarlo a su cauce.

Posteriormente se dirigieron hasta el domicilio de los familiares de Moyano Valdés, a fin de que los acompañaran hasta el lugar donde ellos habían visto el cuerpo y así hacerles creer que habían buscado el cadáver, pero éste ya no estaba”.

“Estos mismos antecedentes y propias declaraciones de Fidel Osvaldo Freire Obando, se desprenden fundadas presunciones para estimarlo autor del delito ya referido. Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que la libertad del procesado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; teniendo en cuenta, también, la sanción legal probable del delito en que se le atribuye participación; existiendo, además, diligencias pendientes en el proceso, se decretó la prisión preventiva para Fidel Osvaldo Freire Obando, por lo que se dio orden de ingreso en calidad de procesado en libre plática a la 2° Comisaría de Carabineros de Temuco”, agrega.

 Fuente: http://poderjudicial.cl