Minagri valora puesta en marcha de ley que beneficiará trabajo de la mujer rural

22 Octubre 2011
Comunicado >
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La fuerza laboral femenina representa el 23, 6% del total del sector agrícola en el país. Este aporte se extiende al 100% de las trabajadoras temporeras.

 

Con satisfacción el Ministerio de Agricultura recibió la entrada en vigencia de la Ley de Extensión Postnatal, especialmente por aquellas mujeres que conforman el mundo del agro.
Con la publicación de la ley en el Diario Oficial, la norma será automáticamente aplicable a todas las mujeres que son trabajadoras dependientes o independientes (temporeras, por obra o faena, honorario, cuenta propia como las feriantes, comerciantes, etc.) que estén afiliadas, trabajando y tengan un mínimo de cotizaciones. 

Adicionalmente, a  partir del 1 de Enero del 2013 se incorpora el 100% de las mujeres cuyo último contrato fue a plazo fijo, por obra o faena, incluidas las temporeras, que no estén trabajando al momento de tener a sus hijos, pero tengan 1 año de filiación y al menos 8 cotizaciones continuas o discontinuas en los últimos 24 meses. 

"Lo que queremos es aumentar los incentivos de la mujer temporera para ingresar y permanecer en la actividad agrícola, lo que sin duda se logra con la entrada en vigencia de la extensión del posnatal, sumado al proyecto del estatuto laboral del temporero recién ingresado al parlamento", explica el Subsecretario de Agricultura, Álvaro Cruzat.
Ambos proyectos, corresponden a dos grandes hitos en post del bienestar de los trabajadores y trabajadoras agrícolas, como también de la competitividad del agro nacional.

En el caso de las trabajadoras temporeras se debe distinguir entre aquellas que se encuentran por obra o faena, que están trabajando al momento de iniciar su prenatal y las que no están laborando en ese momento. 

Para las que sí están trabajando, se les aplica el pre y postnatal de acuerdo a las reglas generales. 

Para aquellas que no lo están y por primera vez contarán con este derecho, el proyecto incorpora entregarles el beneficio cuando cumplen con ciertos requisitos como tener 12 meses de afiliación previsional; 8 o más cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 24 meses anteriores al embarazo o que su último contrato haya sido a plazo fijo. Para estos casos, el derecho empieza a regir el 1 de enero de 2013.