Atención mujeres: Trabajadoras con contratos por temporada o a plazo tendrán derecho a postnatal

Atención mujeres: Trabajadoras con contratos por temporada o a plazo tendrán derecho a postnatal

24 Enero 2013

La extensión de la cobertura de protección a la maternidad es para todas aquellas mujeres que hayan sido trabajadoras dependientes, con contrato a plazo fijo, por obra, servicio o faena y que se encuentren cesantes al momento de iniciarse el prenatal.

Equipo La oPiñón >
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Desde el 01 de enero de 2013 las mujeres temporeras cuentan con postnatal. Pues la normativa considera la extensión de la cobertura de protección a la maternidad para todas aquellas mujeres que hayan sido trabajadoras dependientes, con contrato a plazo fijo, por obra, servicio o faena y que se encuentren cesantes al momento de iniciarse el prenatal (42 días antes del parto

La directora regional de Sernam, Verónica Garrido Bello, informó que las mujeres con trabajos estacionales, quienes nunca antes tuvieron ningún tipo de cobertura ni protección a la maternidad y en la mayoría de los casos debían dejar a sus hijos a las pocas semanas de vida para volver a sus labores, cuentan desde el 01 de enero de 2013 con derecho a un bono especial de maternidad que la nueva ley de postnatal incorporó pensando en ellas y sus hijos, el que por regla general será de 30 semanas.

Es importante destacar que durante las últimas doce semanas de postnatal, pueden volver a trabajar sin perder el derecho a recibir el bono y que deben cumplir con los siguientes requisitos establecidos en la ley:

- Estar cesantes al momento en que debiera iniciarse el prenatal (6 semanas antes del parto).

- Tener un año de afiliación previsional desde antes del inicio del embarazo (en la AFP y FONASA o ISAPRE).

- Un mínimo de 8 cotizaciones, continuas o discontinuas, como trabajadora dependiente dentro de los últimos 24 meses, con anterioridad al inicio del embarazo.

- Que la última cotización sea bajo cualquier tipo de contrato a plazo fijo, por obra, servicio o faena determinada.

A ello, la Directora Regional de Sernam agregó que “si bien este beneficio fue creado pensando en las temporeras de la agro industria, quienes muchas veces al momento de quedar embarazadas no tenían un contrato de trabajo vigente, cualquier trabajadora de cualquier rubro que cumpla con los requisitos antes señalados, tendrá derecho a recibir este bono, como las mujeres que trabajan en la construcción, en la industria pesquera o en el retail.

Cabe señalar que a diferencia del postnatal tradicional, el cálculo del bono se hará en base a un promedio de las remuneraciones recibidas por la trabajadora durante los últimos 2 años (24 meses), anteriores al inicio del embarazo. Sobre ese resultado se restarán las cotizaciones de salud, seguro de invalidez y sobrevivencia y AFP, y se obtendrá el monto del bono.

 

Cómo acceder al postnatal para temporeras

Las mujeres temporeras deben presentar los siguientes antecedentes: licencia médica pre y/o postnatal emitida por profesional médico o matrona; copia del contrato de trabajo y/o finiquito más cercano al inicio del embarazo; certificado de la AFP (u otro régimen de pensiones), que indique la fecha de afiliación e información de las cotizaciones de los 24 meses anteriores al inicio del embarazo; certificado(s) de nacimiento(s), en el caso de la licencia postnatal (si son varios niños de todos ellos).

Todos estos antecedentes deben ser presentados en la COMPIN de su comuna hasta 48 horas después de la fecha indicada en su licencia médica.

Quienes necesiten mayor información, pueden ingresar a www.sernam.cl o llamar al fono COMPIN 600 460 4600.