Huelga de hambre mapuche: Justicia acoge recurso que posibilitaría alimentación forzada

13 Octubre 2012

“Sin perjuicio de que se haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento institucional, en cuanto a la alimentación de ellas de forma tal de asegurarles sus vidas y sus integridades físicas”, consigna el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco.

Equipo La oPiñón >
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La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección presentado por el director regional de Gendarmería de La Araucanía, a favor de Daniel Levinao, Rodrigo Montoya, Erick Montoya y Paulino Levipán, imputados privados de libertad en el Centro de Privación Preventiva de Angol, quienes se encuentran en huelga de hambre líquida desde el 27 de agosto del 2012.

En el fallo dictado el viernes 12 de octubre, la sala integrada por la ministra Cecilia Aravena, la fiscal judicial Tatiana Román y el abogado integrante Manuel Contreras Lagos, resolvió acoger la acción cautelar “sólo en cuanto se autoriza a ese Servicio para que adopte las medidas conducentes para internar en caso de urgencia a los huelguistas don Daniel Bernardo Levinao Montoya, don Rodrigo Alexis Montoya Melinao, don Erick Maximiliano Montoya Montoya y don Paulino Javier Levipán Coyán en un centro hospitalario, con el objeto de que se les entregue una total y completa atención médica en el resguardo de la salud de esas personas hasta su completo restablecimiento, sin perjuicio de que se haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento institucional, en cuanto a la alimentación de ellas de forma tal de asegurarles sus vidas y sus integridades físicas”.

Revisa el fallo de la Corte de Apelaciones desde ACÁ.

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