Defensoría de la Niñez recurrió a la Justicia por detención de hija de Catrillanca de 7 años

Defensoría de la Niñez recurrió a la Justicia por detención de hija de Catrillanca de 7 años

08 Enero 2021

El recurso está dirigido contra el director general de la PDI y otros funcionarios.

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La Defensoría de la Niñez interpuso este viernes ante la Corte de Apelaciones de Temuco una acción constitucional de amparo por la detención de la hija del asesinado comunero mapuche Camilo Catrillanca.

El recurso está dirigido contra el director general de la Policía de Investigaciones (PDI), Héctor Espinosa, además del Prefecto Inspector Jefe de la Zona La Araucanía y los funcionarios que participaron del hecho.

La acción se presentó por vulnerar el derecho constitucional de la libertad personal y seguridad individual asegurada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República.

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Es inaceptable la detención de una niña, es ilegal y arbitrario, y la actuación de la PDI constituye una privación, perturbación o amenaza del derecho a la libertad personal y seguridad individual de G.P.C.A., de 7 años de edad, que estuvo detenida dentro de un vehículo de la Policía de Investigaciones de Chile, por cerca de 3 horas, hasta que fue entregada a su abuelo paterno, Sr. Marcelo Catrillanca, a las 17:27 horas”, sostuvo la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz.

La menor habría sido detenida este jueves junto a su madre y su abuela mientras iban rumbo al Tribunal de Angol, que en dicha jornada dictó sentencias por el homicidio de Camilo Catrillanca.

DDHH

El recurso presentado también considera los estándares establecidos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. “Los tratados internacionales suscritos por el Estado de Chile, y que se encuentran vigentes, forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. Además, por mandato constitucional, tienen primacía por sobre las normas de derecho interno”, recalcó Muñoz.

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La Defensoría destacó que, además, en la Convención sobre los Derechos del Niño los Estados partes se obligan a adoptar medidas judiciales, administrativas y sociales guiados por el interés superior del niño, entendiéndolo no sólo como un principio rector inspirativo, sino como también un derecho sustantivo y norma de procedimiento que debe guiar todo proceso en el que se encuentre involucrado un niño, niña o adolescente.

En tanto, la diputada Emilia Nuyado sostuvo que “la detención arbitraria de la familia del weichafe Camilo Catrillanca en Temucuicui el mismo día que se dicta sentencia por su asesinato y el desalojo al lof Dawulko karülen, lejos de llevar la paz, solo ratifican que hay un Estado que solo busca hostigar y reprimir a los mapuche”.

Imagen: Huawei / Agencia Uno (referencial).

Los hechos informados son parte de un proceso judicial, por lo que los formalizados/imputados son inocentes hasta que un Tribunal pruebe lo contrario. "Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme" (Artículo 4 del Código Procesal Penal sobre la Presunción de inocencia).

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