WWF Chile desarrolla propuesta para la Ley de Pesca

WWF Chile desarrolla propuesta para la Ley de Pesca

11 Octubre 2012

WWF Chile estima que es clave poder afianzar un modelo de administración pesquera a la altura de los desafíos actuales, por lo cual considera que hay elementos que son imprescindibles para que la nueva Ley de Pesca asegure la conservación de los recursos y la sustentabilidad.

WWF Chile >
authenticated user Corresponsal Corresponsal Aliado

Un total de 14 elementos, entre los que se cuentan la adopción de un enfoque ecosistémico, toma de decisiones basada en ciencia, transparencia, equidad social y determinación y manejo de la captura efectiva, conforman las propuestas desarrolladas por el Programa de Pesquerías Sustentables de WWF Chile en relación a la nueva Ley de Pesca que se discute actualmente en el Congreso.

El nuevo cuerpo legal debe entrar en vigencia a partir del 1 de enero de 2013 y regirá los destinos de esta actividad durante los próximos 20 años. Por lo mismo, WWF Chile estima que es clave poder afianzar un modelo de administración pesquera a la altura de los desafíos actuales, por lo cual considera que los siguientes elementos son imprescindibles para que la nueva Ley de Pesca asegure la conservación de los recursos y la sustentabilidad de las pesquerías:

Enfoque ecosistémico. Debe asegurar la inclusión del enfoque ecosistémico y la consideración del mismo en todo el ejercicio de administración pesquera, especialmente al momento de evaluar la condición de un recurso pesquero y fijar la cuota anual del mismo.

Principio precautorio. La toma de decisiones se debe basar siempre en el principio precautorio, lo que significa que el peso de la prueba debe recaer en quien pudiese causar un daño a la condición del recurso pesquero o su hábitat. Igualmente, cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del recurso y su hábitat.

Decisiones basadas en ciencia. La toma de decisiones de administración pesquera debe estar sujeta de manera estricta al asesoramiento científico, para lo cual se deben crear comités científicos financiados e independientes, cuyas recomendaciones sean vinculantes e impermeables a los intereses sectoriales.

Objetivos de manejo y límites. Los objetivos de manejo de las pesquerías deben ser una composición de consideraciones ecológicas, sociales y económicas, teniendo como límite de captura el Rendimiento Máximo Sostenido. El estado de situación de los stocks (subexplotado, plenamente explotado, sobre explotado y colapsado) debe clasificarse en función de los Puntos Biológicos de Referencia límites (con consideraciones ecosistémicas) que determinen los comités científicos.

Registrar la captura real. La administración pesquera debe obligarse a registrar o determinar la captura real en cada pesquería, y diferenciar estos registros del desembarque. La captura real debe ser el registro oficial a utilizar tanto en la imputación de cuotas como en la evaluación del estado de situación del recurso y la determinación de la captura total biológicamente aceptable. Para lograr esto se debe ampliar la cobertura de los observadores científicos a bordo.

Trazabilidad. Se deben implementar y mejorar sistemas de trazabilidad para eliminar la pesca ilegal, no reportada y no regulada. Para naves superiores a 12 o 15 metros de eslora (según corresponda) se deben implementar sistemas de control y certificación de desembarques, sistemas de posicionamiento satelital, y reforzar los sistemas de inspecciones in situ como documentales. Se debe propiciar la trazabilidad de toda la cadena hasta el consumidor final, mediante esquemas de certificación, entre ellas las del Marine Stewardship Council.

Minimizar los descartes. Se debe promulgar y ejecutar a la brevedad la Ley que define el descarte de especies hidrobiológicas y establece medidas de control y sanciones para quienes incurran en esta práctica.

Asignación de derechos. En pesquerías industriales se debe implementar un sistema de administración basado en la asignación de derechos que sea justo y equitativo. Los derechos deben ser exclusivos, claros, transparentes y bien definidos. La transferibilidad de los derechos debe ser cuidadosamente estructurada de manera que evite la concentración excesiva de derechos pesqueros, o que sea restringida a proteger a grupos de interés especiales y no permita la entrada de nuevos actores.

Planes de manejo. Los planes de manejo deben ser obligatorios para todas las pesquerías con acceso cerrado, en régimen de recuperación y desarrollo incipiente. Deben ser vinculantes con las decisiones de manejo, evaluados periódicamente y financiados.

Participación. Se debe asegurar la participación de todos los legítimos interesados en la conservación y uso de los recursos pesqueros, especialmente en los Consejos de Pesca y en los Comités de Manejo de Pesquerías, procurando la equidad de género y la especial consideración a las comunidades costeras y pueblos originarios.

Transparencia. Se debe mejorar la transparencia de la administración pesquera mediante la obligatoriedad de cuentas públicas de Subpesca y Sernapesca, el acceso rápido y expedito a la información y datos que sustentan las medidas de conservación y administración, la revisión por pares de los informes de los Comités Científicos y, el concurso por Sistema de Alta Dirección Pública de algunos cargos de la administración pesquera.

Equidad social. La Ley de Pesca debe sustentar un concepto exhaustivo de equidad social, logrando: la distribución equitativa de los recursos pesqueros entre los usuarios, co-participación en la toma de decisiones y el reconocimiento cultural del sector artesanal y pueblos originarios involucrados.

Propiedad del Estado. Los recursos hidrobiológicos en aguas jurisdiccionales deben pertenecer a todos los chilenos, y por lo tanto al Estado, quien administrará su conservación y podrá conceder su explotación y asignar derechos de captura conforme a las disposiciones de la ley. Debe solucionarse la discordancia entre el discurso político (que estos recursos son de todos) y la realidad jurídica (los recursos no son de nadie, res nullius), porque lo que no es de nadie no es de todos, es del primero que se lo apropia.

Financiamiento. El Estado debe hacerse con los recursos necesarios para facilitar la implementación de la Ley. Igualmente se debe crear una institución financiera que permita la recuperación de los ecosistemas marinos deteriorados y las pesquerías sobreexplotadas, de tal manera de facilitar la transición hacia pesquerías sustentables.