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Senador Tuma: "Hay realidades diversas en establecimientos rurales y con capacidades especiales que hay que resguardar"

03 Enero 2015

Tres fueron las indicaciones al proyecto de Reforma Educacional que presentó el vicepresidente del Senado, senador PPD, Eugenio Tuma, iniciativa legal que comenzarán a ser discutida en lo particular a partir de este lunes en el Congreso.

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Tres fueron las indicaciones al proyecto de Reforma Educacional que presentó el vicepresidente del Senado, senador PPD, Eugenio Tuma, iniciativa legal que comenzarán a ser discutida en lo particular a partir de este lunes en el Congreso.

La primera dice relación con excepciones para los sostenedores propietarios de un solo establecimiento rural o de educación diferencial con menos de 300 alumnos, permitiendo mantener el arriendo del inmueble a terceros.

Al respecto, el legislador por La Araucanía recordó que en La Araucanía hay 1.225 establecimientos, de los cuales el 60% son rurales “y muchos de ellos del tipo particular subvencionado que son un aporte”.

Por lo mismo enfatizó que “hay realidades que son diversas y yo no veo lucro en el más del 70% de las escuelas rurales o aquellas que tienen menos de 300 alumnos. Estas escuelas apenas se desenvuelven. Acá falta fiscalización y dedicación por parte del Estado de la manera que se está entregando la educación”, apuntó Tuma.

La segunda indicación presentada por el vicepresidente del Senado pide incorporar a las cooperativas como figura jurídica sin fines de lucro. Sobre este punto se precisa que “en el caso que el sostenedor sea una cooperativa, ésta deberá estar organizada de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Cooperativas y contener como objeto social exclusivo la administración del establecimiento  de enseñanza respectivo”.

“En ningún caso podrán distribuir sus excedentes finales a los socios, sino que deberán destinarlos a un fondo de reserva legal, que será irrepartible entre los mismos, y no podrán exigir la incorporación a la cooperativa para acceder a la matricula en el establecimiento, para ejercer los derechos como apoderado o ser contratado en el establecimiento de enseñanza”, se agrega.

Por último, la tercera indicación busca establecer como infracción grave la no denuncia de delitos que afectan a menores al interior de los establecimientos educativos.

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