Los 10 feriados que quedan este 2016 en Chile: el siguiente es día lunes

Los 10 feriados que quedan este 2016 en Chile: el siguiente es día lunes

25 Mayo 2016

También vienen días de feriados irrenunciables. Acá te explicamos las categorías de ellos.

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El próximo lunes 27 de junio corresponde el siguiente feriado nacional por la celebración de San Pedro y San Pablo, que es el día 29 pero como cae día miércoles se corre para el lunes anterior, según establece la legislación de nuestro país desde el año 2000.

Perp no es el único feriado que queda este 2016. Acá te los detallamos:

- Lunes 27 de junio: San Pedro y San Pablo.

- Sábado 16 de julio: Virgen del Carmen.

- Lunes 15 de agosto: Asunción de la Virgen.

- Domingo 18 de septiembre: Día de Conmemoración de la Independencia Nacional. (Irrenunciable de tercera categoría)

- Lunes 19 de septiembre: Glorias del Ejército. (Irrenunciable de tercera categoría)

- Lunes 10 de octubre: Encuentro de dos mundos.

- Lunes 31 de octubre: Iglesias Evangélicas y protestantes.

- Martes 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.

- Jueves 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.

- Domingo 25 de diciembre: Navidad. (Irrenunciable de tercera categoría)


CATEGORÍAS DE FERIADOS

Hay cuatro categorías distintas de feriados irrenunciables, que son: 

Primera: feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores que laboran en centros comerciales o malls. Esta categoría es aplicable a los feriados recurrentes de Año Nuevo (entre 2005 y 2007), Día de la Independencia Nacional y Navidad (ambos entre 2004 y 2006). 

Segunda: feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores de centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica. Esta categoría es aplicable a todos los feriados por elecciones o plebiscitos efectuados desde el 10 de septiembre de 2004 en adelante (esto incluye plebiscitos comunales, elecciones repetidas en una sola comuna, etcétera). 

Tercera: feriado obligatorio e irrenunciable para los dependientes del comercio, excepto aquellos que se desempeñen en clubes, restaurantes y establecimientos de entretenimiento (como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados); tampoco es válido para los dependientes de expendio de combustibles, de farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Esta categoría es aplicable a: 

Año Nuevo (desde 2008 en adelante).

Día Nacional del Trabajo (desde 2008 en adelante).

Día de la Independencia Nacional (desde 2007 en adelante).

Día de las Glorias del Ejército (desde 2010 en adelante).

Navidad (desde 2007 en adelante).

20 de septiembre de 2010.

2 de octubre de 2014.

Cuarta: feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio que no laboran en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, con excepción de los dependientes de expendio de combustibles, de farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Esta categoría es aplicable sólo a los feriados de 13 de diciembre de 2009 y 17 de enero de 2010, desde las 0:00:00 hasta las 14:00:00 (además de haber sido ambos de segunda categoría durante todo el día).