Proponen ley para que morosos tengan 30 días de plazo antes de caer en Dicom

Proponen ley para que morosos tengan 30 días de plazo antes de caer en Dicom

22 Abril 2010
Iniciativa establece un “mes de gracia” para que morosos se pongan al día o repacten evitando que sus antecedentes lleguen a Dicom. Por Daniel Sandoval
Daniel Sandoval >
authenticated user Corresponsal
El senador del PPD, Eugenio Tuma, ingresó un proyecto de ley que establece un periodo de gracia de 30 días antes que los antecedentes por morosidad y protesto sean publicados en boletines comerciales o Dicom.
Se trata de una modificación a la Ley 19.628 de protección de la vida privada y que pretende “evitar el grave deterioro que genera en los antecedentes comerciales de las personas la inmediata publicación de sus morosidades cuando aun no han tenido un plazo razonable para repactar o cancelar lo adeudado”, explicó el parlamentario.
Asimismo, planteó que “las nuevas tecnologías hacen que las instituciones comerciales y bancos informen a Dicom o boletines comerciales de manera inmediata las morosidades o los protestos de sus clientes, situación que hace años no ocurría porque los procesos eran más lentos y las personas creen que esos plazos eran parte de una norma y la verdad, es que no existe norma y con este proyecto queremos implementarla”.
En ese sentido, el senador Eugenio Tuma, sostuvo que “no se puede pensar que hay mala fe en todas las personas que caen en morosidad o tienen algún protesto, pero me parece que es razonable que tengan una oportunidad para resolver su situación”.
“Ese plazo de 30 días evitará el verdadero ‘castigo social’ en que se ha transformado el Dicom y que termina siendo una limitante para acceder a bienes a créditos, emprender en algo o simplemente mejorar la calidad de vida”, concluyó Tuma, quien ingresó el proyecto de ley con el apoyo de los senadores Andrés Allamand, Ricardo Lagos Weber y José García Ruminot.

Proyecto de Ley:
Establece que los datos personales no podrán ser publicados sino transcurridos 30 días desde que la obligación morosa se haya hecho exigible o se hubiese producido el protesto.