Los desafíos de Piñera frente a los Pueblos Indígenas

El derecho a Consulta y los compromisos presidenciales de compra de tierras son obligaciones del Estado que el Presidente debiera respetar, con una institucionalidad reformulada,transparente y moderna. Por Juan jorge Faundes
Imagen de Juan Cristobal Mendoza
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23 de Marzo, 2010 15:03
Documento elaborado por Juan Jorge Faundes Peñafiel, Abogado y Académico, Secretario Ejecutivo, Fundación Instituto Indígena.

Este texto es un fragmento resumido de un documento mas extenso que puedes leer su versión completa en este link.

Temas que debiera tener presente el Presidente Piñera en materia indígena.


La política indígena es mucho más amplia que el tema de tierras, por ello, es necesario abordar sus diversas dimensiones. Con tal fin haremos un análisis sobre tres ejes: fomento productivo, tierras y Convenio Nº 169. Los dos primeros se observan siguiendo la estructura de las propuestas del gobierno electo, aunque la revisión debe ser extensa, privilegiamos los tópicos más centrales y no tocamos temas se suyo importantes, entre otros, como la educación Intercultural.
1) Iniciativas Productivas:
A partir de marzo debiera darse fuerte impulso a medidas de fomento productivo para los indígenas. Todo indica que ese será el camino de la mano de reformas institucionales en la materia (CONADI, INDAP).
Qué prevenciones es posible formular, en materias que la Concertación ha ido haciendo una difícil y escarpada escuela a lo largo de los últimos 20 años:
Primero: Pertinencia. las políticas públicas deben considerar en su diseño y ejecución las respectivas particularidades culturales de los pueblos indígenas, no debieran definirse unidireccionalmente desde las autoridades (nacionales, regionales o municipales), sino en permanente diálogo con las organizaciones representativas de los pueblos indígenas.
Segundo: La Consulta. El gobierno de Sebastián Piñera debiera contener el ímpetu avasallador que se espera lo caracterice (porque en lo indígena a veces andar muy rápido puede ser un error), para enfrentar el nuevo escenario jurídico que definió el Convenio Nº 169 (más adelante lo tratamos en particular) que exige consultar las medidas que afecten a los Pueblos Indígenas con las propias organizaciones indígenas.
Tercero: ¿Productividad?. Sabemos que el agro está contento con los anuncios (especialmente el del nuevo ministro que proviene del sector agrícola tradicional de la IX Región), pero esas medidas deben aplicarse a las familias indígenas, no siempre insertas en cadenas productivas, más bien bajo sistemas de economía familiar campesina y de subsistencia (a veces por opción), por lo que los instrumentos de fomento debieran considerar este factor –sin necesariamente esperar grandes resultados en rentabilidad social-, esperando el mejoramiento en las condiciones de vida, más bien bajo mejores índices de desarrollo humano (“buen vivir” bajo los nuevos estándares internacionales de los Pueblos Indígenas ) y no sólo de crecimiento económico o desarrollo productivo.
Es perfectamente posible tener avances y mejorar las condiciones de vida de los indígenas (cuestión esperada por ellos y no excluyente de otros derechos), pero el diseñar propuestas unívocamente, bajo la lógica del exclusivo emprendimiento productivo, puede conducir a frustraciones importantes que puedan fracasar como consecuencia de otros factores omitidos. En estas materias también cobre relevancia el derecho a la autodeterminación, son los Pueblos Indígenas, sus comunidades y familias, los propios indígenas en general, quienes deben definir el modelo de desarrollo a seguir.
Finalmente, estas propuestas seguramente van ha privilegiar los emprendimientos individuales, por sobre las propuestas comunitarias impulsadas por los indígenas. Ello es parte del cambio de enfoque hacia un gobierno de corte liberal. Así se quiso soberanamente (incluidos los votos mapuche rurales) y hay que esperar los resultados.
2) Las Demandas por Tierras y los procesos pendientes, una Obligación de Estado:
Más allá de los instrumentos futuros que se implementen, si se vinculan sólo a lo productivo y/ o avanzan en compensaciones económicas para dar cuenta de los derechos territoriales, es estrictamente necesario tener presente que la política indígena del Gobierno de Michelle Bachelet (“Pacto Social Por la Multiculturalidad: Re-conocer” ,) generó obligaciones de Estado respecto de los Pueblos Indígenas.
Hablamos de obligaciones de Estado porque desde que Patricio Aylwin era candidato a la presidencia de Chile, con el Acuerdo de Nueva Imperial en 1989, se asumió públicamente que la Sociedad toda y el Estado en particular tienen una deuda con los Pueblos Indígena, que el historiador José Bengoa califica de “despojo” y la causa de los conflictos actuales: “Si ya fue poca la tierra que se les dejó al ser reducidos [Período de la “Radicación” de 1886 a 1929], mucha menos es la que les resta. El Conflicto tiene una historia y la seguirá teniendo” .
Dentro del “Reconocer” un eje fue el de las tierras indígenas, con el compromiso expreso de comprar tierras a 115 comunidades ya reconocidas por el Estado al año 2008 por haber sufrido pérdida territorial respecto de sus títulos de merced o tras la reforma agraria (“aplicabilidad”) y 308 con demandas –carpetas- ya presentadas a esa fecha y en estudio.
Finalmente, en materia de tierras, vemos con preocupación que de producirse un freno en los procesos de compra pendientes, las altas expectativas y la frustración consecuente pueden conducir a un resurgimiento de la conflictividad en la zona, respecto de una paz muy frágil que hasta ahora ni los instrumentos propuestos ni aquellos en ejecución aseguran.
3) El Convenio Nº 169 de la OIT, los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas y la adecuación normativa de la legislación nacional.
Existen diversos casos en las situaciones de “conflicto” que tienen un originen diferente a la deuda histórica territorial, generalmente relacionados con la defensa de los recursos naturales, de las aguas, del equilibrio ambiental y/ o los derechos culturales asociados a éstos, que enfrentan proyectos de inversión generalmente de orden energético, forestal, infraestructura o telecomunicaciones con comunidades indígenas afectadas por dichos proyectos.
Al respecto, con la ratificación del Convenio Nº 169 de la OIT se abre un nuevo marco de obligaciones con el derecho a la Consulta como eje central .
En la política pública nacional y comparada es común una suerte de competencia o tensión por los recursos naturales, entre los Pueblos Indígenas y los inversionistas públicos o privados y/ o los organismos sectoriales vinculados a las autorizaciones requeridas por dichas inversiones, que nos presentan una aparente disyuntiva ante la idea de “desarrollo” y la “cultura” de los Pueblos Indígenas. Lo observamos en forma activa, cuando se trata de la explotación de dichos recursos, o en forma pasiva, respecto de la contaminación que los proyectos industriales pueden producir afectando a los Pueblos Indígenas o sus comunidades.
Frente a la referida tensión se espera que el próximo gobierno cumpla con el estándar internacional de derechos indígenas contenido en los diversos instrumentos internacionales que Chile ha ido aprobando –que también constituyen obligaciones de Estado-. Desde ya, los Tribunales Superiores de Justicia de Chile invocando el Convenio Nº 169 de la OIT han fallado reconociendo el Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, incluyente de los derechos culturales de los Pueblos Indígenas, como parte del “hábitat” de los mismos, también sus derechos ancestrales sobre tierras y aguas; más, recientemente, el derecho a consulta con carácter obligatorio.

Los Desafíos para el Gobierno del Presidente Piñera:


Avanzar en los mecanismos de reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, en la adecuación normativa de las leyes sectoriales, en especial respecto de los recursos naturales, para que nuestro ordenamiento jurídico se armonice con el estándar internacional de derechos de los Pueblos Indígenas constituye un desafío de talle mayor.
Las normas internacionales son imperativas y no se puede invocar el derecho interno como razón de incumplimiento , sin embargo, es importante construir el andamiaje legal que otorgue certeza jurídica, tanto a los indígenas como a los inversionistas. Ello implica asumir que lo que a primera vista puede parecer una carga o leerse como trabas para la inversión privada y el crecimiento económico, en definitiva permitirá enfrentar la tensión enunciada (derechos indígenas V/S RRNN) sobre la base de la regulación y protección efectiva, en el estándar reconocido internacionalmente, para evitar la agudización de los conflictos. Se propone una respuesta institucional. Ese es el sentido de la coherencia y adecuación normativa que se invoca. Pero hablamos de la profundización de los derechos y no de reformas decorativas, de entender conceptos como el de “territorio”, que la propiedad privada admite limitaciones y que la gestión pública y privada debe incorporar el derecho a consulta (libre, previa, informada y de buena fe), como nueva forma, definida desde el Derecho, de relacionarse con los Pueblos Indígenas.
Si el Estado, por medio del gobierno de turno y sus diversos organismos, cumple y hace cumplir las normas que el mismo se ha dado, obligándose internacionalmente en la protección de los derechos de las personas en general (medio ambiente) y de los Pueblos Indígenas en particular (derechos indígenas), podremos hablar de un accionar coherente.
En la gestión Bachelet se observan grandes avances en salud intercultural; en los procesos de recuperación, transferencia y compra de tierras se han hecho esfuerzos importantes, pero resta generar los instrumentos administrativos que eviten la conflictividad, la distorsión del mercado de tierras y permitan terminar con la eventual corrupción.
Se requiere una política de tierras ordenada, transparente, nutrida de la experiencia ganada frente a los yerros previos, que pueda dar cuenta de la deuda histórica existente con los Pueblos Indígenas, enmarcada en una institucionalidad reformulada y moderna, que deberá ir de la mano con el avance progresivo en la mejora de la calidad de vida de los indígenas, cuestión perfectamente conciliable con el fomento productivo, pero que tiene su propia lectura desde el mundo indígena.
Paralelamente, el respeto del derecho a Consulta es y será un factor central, especialmente en materia ambiental, de protección de los recursos naturales y de los derechos culturales asociados a la relación de los pueblos indígenas con el medioambiente. Hasta ahora, en general, las experiencias no son positivas, pero se espera que el nuevo gobierno privilegie el Estado de Derecho, no sólo en lo policial, sino también en la inclusión de los derechos individuales y colectivos de los Pueblos Indígenas.

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